IMPLEMENTACIÓN DE LA JORNADA LABORAL DE 40 HORAS EN MÉXICO

¿A partir de cuando iniciará y cómo? / ¿Se verán afectados los ingresos de los trabajadores?

 De la redacción/OGY: Mérida, Yucatán.

En relación a las dudas que han surgido ante la reducción de la jornada laboral de 40 horas en México y su implementación, especialistas en la materia del despacho  Cervera Urtiaga y Asociados, S.C.P., Contadores Públicos,  informaron sobre el estado que guardan actualmente las disposiciones oficiales, mismas que pueden ser modificadas durante los siguientes 90 días por las autoridades federales.

  1. Contexto General

La reforma laboral en México establece la reducción de la jornada semanal de 48 a 40 horas, con una aplicación gradual entre 2026 y 2030. Esta medida busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores, alinearse con estándares internacionales y mantener la productividad.

El calendario de transición prevé que en 2026 la jornada máxima será de 48 horas, en 2027 descenderá a 46, en 2028 a 44, en 2029 a 42 y, finalmente, en 2030 quedará fijada en 40 horas semanales, sin que ello implique en ningún momento la reducción de sueldos, salarios o prestaciones para las personas trabajadoras.

2.- Calendario de Reducción Gradual

  • 1 mayo 2026: Entrada en vigor de la reforma.
  • 1 enero 2027: Jornada máxima de 46 horas semanales.
  • 1 enero 2028: Jornada máxima de 44 horas semanales.
  • 1 enero 2029: Jornada máxima de 42 horas semanales.
  • 1 enero 2030: Jornada máxima de 40 horas semanales.

3.- Obligaciones Clave para los Patrones

  • Protección salarial y prestaciones: No se permite reducir sueldos ni beneficios.
  • Distribución de jornada: Puede ser en 5 o 6 días, sin exceder el límite semanal.
  • Regulación de horas extra:

o      Máximo 12 horas por semana.

o      Hasta 4 horas extra por día, máximo 4 días.

o      Pago doble obligatorio.

  • Límite diario: No exceder 12 horas (ordinarias + extra).
  • Registro electrónico: Obligatorio para horas ordinarias y extraordinarias.

4.- Fundamento Legal

  • Artículo 123 Constitucional: Se reforma para establecer la jornada máxima de 40 horas.
  • Ley Federal del Trabajo: Ajustes en artículos 59, 61, 66, 68, 69.
  • Normas Internacionales: Convenio Nº 47 y Recomendación Nº 116 de la Organización Internacional del Trabajo.

5.- Justificación de la Gradualidad

  • Transitorios: Establecen el calendario de reducción.
  • Objetivo: Permitir adaptación ordenada, evitar impactos negativos en empleo y productividad.

6.- Artículos Transitorios (Propuesta actual)

Primero: Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo: Congreso tiene 90 días para adecuar la LFT.

Tercero: Reducción gradual:

  • 2027: 46 horas.
  • 2028: 44 horas.
  • 2029: 42 horas.
  • 2030: 40 horas.

Cuarto: Prohibida la reducción de salarios y prestaciones.

7.- Recomendaciones para Patrones

  • Actualizar reglamentos internos y horarios.
  • Implementar sistemas de control horario electrónico.
  • Capacitar áreas de nómina y RRHH.
  • Ajustar planeación de recursos humanos.

Esta información se basa en la iniciativa y disposiciones publicadas en el DOF y propuestas legislativas vigentes al 2026.

Por otra parte, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) confirmó que la reforma entrará en vigor en 2026, pero con un proceso de transición escalonado; el plan contempla una reducción paulatina de horas para permitir que las pequeñas y medianas empresas ajusten sus operaciones.

De acuerdo con la dependencia, será en 2027 cuando comience la reducción gradual de dos horas, avanzando año con año hasta que, en 2030, la jornada laboral de 40 horas semanales sea una realidad plena en todo el país.

Estaremos atentos a la definición de esta información, misma que les compartiremos para su gradual implementación, mientras tanto quedamos a sus órdenes para cualquier duda o aclaración al respecto, señalaron los integrantes de este reconocido despacho de Contadores Públicos certificados…(OGY)

 

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